miércoles, 01 de julio de 2009
Razonamiento del juez
Público informa el 9 de junio del razonamiento del juez Central de lo Penal de la Audiencia Nacional para sentenciar a 6.480 euros de multa al alcalde de IU en Puerto Real, José Antonio Barroso , por un delito grave de injurias al rey.

 Su argumento jurídico es que "Dado que tanto el acusado como su defensa han achacado implícitamente o explícitamente a un déficit democrático  o privilegiado indeseable la especial protección que el Código penal vigente otorga al rey como Jefe del Estado frente al delito de injurias, recordar que el Código Penal de la II República, promulgado en 1932, también sancionaba las injurias al Jefe del Estado en su artículo 149 con pena de prisión de 6 meses y un día a ocho años y no con pena meramente pecuniaria".

Asombrosa la lógica jurídica. Los republicanos no reivindican el derecho a insultar al jefe del Estado, sino que éste sea elegido democráticamente y no por vía hereditaria. Le podemos sugerir al juez el artículo 25 de la constitución republicana: “No podrán ser fundamentos de privilegio jurídico: la naturaleza, la filiación, el sexo, la clase social, la riqueza, las ideas políticas ni las creencias religiosas. El Estado no reconoce distinciones y títulos nobiliarios.”  


Tags: MEMORIA HISTORICA, BARROSO, PTO REAL

Publicado por 26115 @ 14:59
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