viernes, 02 de octubre de 2009
 
 

mutuas UGT denuncia que las Mutuas siguen ocultando las enfermedades profesionales

 En un informe el sindicato destaca que el 42% de las enfermedades profesionales afectan a las mujeres

UGT denuncia que continúa el ocultamiento de enfermedades profesionales. En los 8 primeros meses del año se declararon 11.174 enfermedades profesionales, un 15% menos que en el mismo periodo del año anterior y un 32% menos que en 2006, año en el que se aprobó el Real Decreto de Notificación y Registro.

Esta infradeclaración hace pensar que se están derivando al Sistema Nacional de Salud patologías que se producen dentro del ámbito laboral y que se están tratando como contingencias comunes, con el consabido perjuicio para los trabajadores (especialmente en términos económicos y de protección).

UGT exige al Ministerio de Trabajo que tome medidas para corregir esta situación y demanda la inclusión de los riesgos psicosociales como enfermedades profesionales.

 En el informe que ha elaborado el Sindicato se detalla, además, que el 42% de las enfermedades profesionales afectan a las mujeres, que el 78% de las enfermedades profesionales se deben a agentes físicos (sobre todo, posturas forzadas y movimientos repetitivos), y que la Comunidad más cumplidora en esta materia es Navarra.

UGT alerta sobre la infradeclaración de enfermedades profesionales. De enero a agosto de este año se declararon 11.174 enfermedades profesionales, un 15% menos que en el mismo periodo de 2008 y un 32% menos que en 2006.

UGT considera que no hay nada en la coyuntura empresarial española que sirva de excusa del mantenimiento de esta baja declaración y señala que se están derivando al Sistema Nacional de Salud patologías que se producen en el ámbito laboral. Esto perjudica al trabajador en términos económicos y de protección.

Así, por ejemplo, en caso de enfermedad profesional se considera al trabajador de pleno derecho aunque no esté dado de alta; no hay período mínimo de cotización (mientras que en caso de enfermedad común se requiere un periodo mínimo de 180 días cotizados en los últimos 5 años); y el subsidio de Incapacidad Temporal se abona desde el día siguiente a la baja siendo el 75% de la base reguladora (en las enfermedades comunes los tres primeros días corren a cargo del trabajador y el subsidio que reciben sólo alcanza el 75% de la base reguladora a partir del día 21 de la baja).

Por otro lado, el trabajador afectado por una enfermedad profesional o accidente laboral tiene derecho a la asistencia farmacéutica y rehabilitadora de forma gratuita y si su dolencia o lesión es irreversible tiene derecho a una indemnización en función de la gravedad de la misma.

En 2007 se produjo un ligero repunte de enfermedades profesionales (100 más, un 1%) porque la Seguridad Social dictó una Resolución y cambió la calificación del miles de partes considerados como enfermedades comunes y que resultaron ser enfermedades profesionales sufridas por los trabajadores y no reconocidas como tales por las Mutuas.

Llama la atención el descenso que se ha producido en la declaración de las enfermedades profesionales con baja y el aumento de las que no causan baja. En los ocho primeros meses de este año se han declarado 1.864 enfermedades profesionales menos que en el mismo periodo de 2008, lo que supone un descenso del 22%.

 Por contra, aunque se han declarado 137 enfermedades profesionales sin baja menos que en 2008, en comparación con 2006, año en que se aprobó el Real Decreto de Notificación y Registro de las Enfermedades Profesionales.se han declarado 2.098 más, lo que supone un incremento del 85% en este tipo de declaración.

El sindicato destaca, asimismo, que todavía no se reconocen los Riesgos Psicosociales como enfermedades profesionales.


Tags: ENFERMEDADES, PROFESIONALES

Publicado por 26115 @ 17:57
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