
Una denuncia anónima no obliga a la administración competente a abrir una investigación. Una denuncia anónima constituye una omisión formal y por tanto es subsanable al amparo del articulo 113 LOGP. La ministra Pajin llama al pueblo español a la caza del fumador, pero ha demostrado su ignorancia en materia jurídica. Debía conocer que la propia Fiscalía General establece claros limites según su instrucción 3/1993.
1 - Hasta dónde alcanzan los hechos de la denuncia anónima: No es lo mismo un vecino que roba un periódico que un vecino que maltrata a un menor.
2- La intensidad ofensiva es diferente para cada bien jurídico lo cual es obvio.
3- Las denuncias en muchos casos por la naturaleza de la mismas, es la propia administración la que garantiza el anonimato del denunciante.
Y para finalizar dicho esto, la justicia tiene casos mas serios que perseguir a violentos fumadores.